Inscripción en listas de peritos judiciales

La actividad como perito en el ámbito de las ingenierías es un acto propio de cada ingeniería técnica en su respectiva especialidad, en virtud del artículo segundo, epígrafe c) de la Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos.

Entre estas atribuciones, encontramos la realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planos y otros trabajos análogos.

La competencia para la realización de peritaciones informáticas es exclusiva de la profesión de ingeniero técnico en informática, en virtud del ANEXO II, apartado 1.3.10 de la Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de solicitud de títulos oficiales en los ámbitos de la Ingeniería Informática, Ingeniería Técnica Informática e Ingeniería Química, donde se relacionan las atribuciones ya mencionadas.

Según el Real Decreto 517/2015 de 19 de junio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática y de su Consejo General, establece las titulaciones que dan acceso a la profesión de ingeniero técnico en informática son:

  • Grado vinculado con la profesión de ingeniero técnico en Informática
  • Ingeniero técnico en Informática de Gestión
  • Ingeniero técnico en Informática de Sistemas
  • Diplomado en Informática

Así, en base a la legislación vigente y al cumplimiento del derecho a la tutela judicial efectiva de la ciudadanía, el COETIIB gestiona y remite al Juzgado Decano de Baleares las listas de peritos informáticos. Estas listas se remiten por el COETIIB durante el mes de diciembre de cada año y son efectivas desde el mes de enero de cada año y durante todo ese año natural.

Tipos de peritaje judicial

Los peritos judiciales son designados a iniciativa de cada uno de los juzgados pertenecientes a los diferentes partidos judiciales de las Islas Baleares. Podemos encontrarnos dos casos de designación de perito judicial:

  • Perito de tribunal: En este caso, es el propio juez o jueza quien solicita el dictamen. Este caso se debe bien porque ninguna de las partes haya aportado pericial de una evidencia informática aportada al juicio o bien porque las opiniones de los peritos informáticos que aporta cada una de las partes son contradictorias y se requiere de una opinión imparcial.
    • En este caso, el cliente del perito es el propio juzgado. Tras conocer la información necesaria para determinar si puede abordar el dictamen, el perito decide aceptar o no la designación como perito judicial. Si se produce la aceptación, el perito firma la designación y solicita la provisión de fondos. Una vez el juzgado ha realizado el ingreso de la provisión solicitada, el perito realiza su labor y remite el informe al juzgado.

  • Perito de parte: En este caso, la defensa de una de las partes solicita al juzgado que les designe perito. En este caso, el cliente es una de las partes, por lo que habrá que estar en contacto con el despacho de abogados encargado del caso para delimitar el alcance del peritaje e identificar las conclusiones a las que el perito deberá llegar, basándose en sus argumentos y evidencias que identifica en el informe.
    • De forma análoga al caso anterior, tras la designación, el perito deberá presentar un presupuesto a su cliente. Si es aceptado, se inician los trabajos del peritaje, la redacción del informe, revisión y entrega.

Hay que tener en cuenta que en ambos casos puede requerirse la ratificación del informe en sala.

Previo a la entrega del informe encomendado, el perito podrá solicitar, con la antelación suficiente, el visado del mismo al COETIIB. El visado es un sello de calidad del dictamen forense realizado y certifica que el perito autor del informe está legalmente habilitado para la materialización del encargo solicitado. Desde el COETIIB recomendamos el visado de todos los peritajes presentados, tanto judiciales como extrajudiciales.

Normas de funcionamiento de las listas

La pertinencia a las listas es voluntaria, por lo que supondrá el compromiso del perito de aceptar el nombramiento, salvo justa causa y, el de hacer el juramento o promesa a que hace referencia el artículo 335- 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, 1/2000, de 7 enero. Por ello, los profesionales que sean designados y renuncien a la asignación injustificadamente, podrán ser excluidos del listado de peritos no solo en el año actual, sino también en el siguiente.

La designación y nombramiento por el juzgado puede hacerse de forma telemática, por lo que es muy recomendable disponer de certificado electrónico (firma digital) para firmar el documento pdf de la designación. También puede darse el caso de tener que personarse en el juzgado para recoger la citación. En este caso, basta aportar el DNI en vigor.

Tras recibir las listas por el Juzgado Decano, al principios de año se realiza un sorteo que determina la letra del orden alfabético. Los apellidos que comiencen por esta letra serán designados en primer lugar, así hasta recorrer el alfabeto de forma cíclica.

La solicitud ha de cursarse cada año, por lo que la renovación de las listas no es tácita. Cada persona titulada que esté interesada en inscribirse, podrá solicitar, durante el mes de noviembre de cada año su inscripción en la lista de peritos judiciales para las jurisdicciones, ámbitos geográficos y especialidades existentes.

Estas solicitudes se realizarán a través de la Ventanilla Unica de la web, mediante las opciones Colegiad@ > Ficha de Perito Judicial.

Ambitos geográficos

Los ámbitos geográficos de actividad vigentes son:

  • Mallorca
  • Menorca
  • Ibiza

Especialidades

Las especialidades a las que inscribirse son las siguientes;

  • Ingeniería Técnica en Informática
  • Telecomunicaciones en la edificación
  • Análisis y reconocimiento de audios y vídeos
  • Derechos digitales, patentes, propiedad industrial e intelectual
  • Propiedad intelectual, industrial y piratería
  • Redes de telecomunicaciones
  • Sociedad del conocimiento
  • Tecnología de la información geográfica
  • Tasación y valoración de equipos, dispositivos o programas informáticos

En caso de dudas o nuevas inscripciones como perito judicial, la categoría Ingeniería Técnica en Informática es la especialidad tradicional y más básica desde la que comenzar.

Desde el COETIIB, como herramienta de comunicación y colaboración entre peritos colegiados, hemos habilitado un chat en Telegram en el que fomentamos la cooperación y el apoyo para poder abordar todo tipo de casos de forma exitosa. También puedes consultar los primeros pasos a realizar para estar habilitado en la emisión de facturas.